Siempre al día con los avances del sector Mapa web Contactar Inicio Quiénes somos
   Inicio Formacion  Bonificaciones

 

IMPORTANTE:

Para bonificarse los cursos, es necesario presentar la documentación con un mínimo de 10 días antes de la fecha de inicio del curso , para poder llevar a cabo las gestiones administrativas.

La descarga de los documentos de inscripción necesarios se realiza desde el programa de cada curso que encontrará en:
http://www.miac.es/varios/formacion.php

 
     
 

Formación Bonificada. ¿En qué consiste?

Todas las empresas disponen de ayudas económicas para la formación. El Ministerio de Trabajo asigna a todas un crédito para gasto libre en Formación Continua, que gestiona a través de fundaciones para la Formación en el Empleo.

¿De qué depende el crédito de formación?

El importe del crédito de formación de cada empresa surge de la suma de las retenciones por formación profesional de las nóminas de los trabajadores.
En base a eso se aplican unos “porcentajes de bonificación” que dependen del número de trabajadores de la empresa y que podemos ver en la siguiente tabla:
PLANTILLA MEDIA ANUAL % BONIFICACIÓN

  • 1-5 trabajadores: 420 €
  • 6-9 trabajadores: 100% cotización por F.P.
  • 10-49 trabajadores: 75% cotización por F.P.
  • 50-249 trabajadores: 60% cotización por F.P.
  • >250 trabajadores: 50% cotización por F.P.

¿Cuál es el proceso a seguir?

El crédito tiene una validez anual y no es acumulable. Es decir, si un año no se utiliza, se pierde.
Una vez que se conoce el crédito y se cumplen los requisitos, hay que elaborar el plan de formación. Al finalizar cada acción formativa, se irá reembolsando a la empresa la parte del crédito que le corresponda.
Para recibir la bonificación hay que realizar una serie de trámites administrativos, que MIAC le gestionará gratuitamente con cada uno de sus cursos.

¿Cómo calcular el crédito que le corresponde a una empresa?

Se puede calcular fácilmente el crédito que le corresponde a una empresa con la ayuda del simulador que proporciona la Fundación Tripartita en su página web:
https://www.fundaciontripartita.es/publico/FormularioCalculoCredito2007.aspx

 

 

 

 

 



¿Cómo calcular la cantidad a bonificar de un curso?

La Fundación Tripartita marca un coste/hora/participante que sirve para calcular la bonificación máxima de cada curso en función de los siguientes factores, modalidad de impartición y nivel de formación, según la siguiente tabla:

MODALIDAD DE IMPARTICIÓN

NIVEL DE FORMACIÓN

Presencial

Básico

Medio - Superior

9 €

13 €

A distancia

5,5 €

Teleformación

7,5 €

Mixta

En función de las horas de formación presencial y a distancia o teleformación.

 

  • Nivel de formación Básico: Materias transversales o genéricas, que capacita para desarrollar competencias y calificaciones básicas.
  • Nivel de formación Medio – Superior: Materias que impliquen especificación y/o capaciten para desarrollar competencias de programación y/o dirección.

¿Cuándo se puede aplicar la bonificación?

Una vez finalizada la formación, la empresa recupera el importe que le corresponde aplicándose una bonificación en la cotización a la Seguridad Social.
La empresa es la que elige el mes en el que quiere aplicarse dicha bonificación, que debe ser a partir del mes siguiente a la finalización del curso y siempre antes de finalizar el año en el que se ha impartido la acción.

¿A quién se dirige esta formación?

Pueden beneficiarse de estos créditos de Formación todos los trabajadores de empresas que cotizan por Formación Profesional y tienen al corriente todos sus pagos de Hacienda y Seguridad Social.
No podrán acceder los autónomos aunque colaboren como free-lance con alguna empresa con derecho a bonificación. También están excluidos los funcionarios.

Servicios de MIAC en formación

A pesar de que los trámites son sencillos y pueden realizarse por su cuenta,
MIAC se ofrece, junto con una Entidad Organizadora, a hacer los trámites con la fundación encargada de la gestión del Fondo Social Europeo.
Entre estos trámites figuran el cálculo del crédito, la tramitación y custodia de la documentación, la organización de la acción formativa así como el material didáctico y fungible, así como todas las notificaciones de comienzo y finalización de cada actividad formativa.
Las empresas deben tener en cuenta, en cualquier caso, que la veracidad del crédito calculado dependerá de la exactitud de los datos que aporten a MIAC para el cálculo del mismo. Declinando MIAC toda responsabilidad en cuanto a la cuantía de las bonificaciones de cada empresa.
Para beneficiarse de la formación bonificada y que MIAC se la gestione, las empresas deberán aportar la siguiente documentación:
- Suma de trabajadores (sumando el número de trabajadores de todos los
TC1)
- Todos los TC1 del año anterior
- Convenio de adhesión firmado
- Crédito consumido  durante el año en curso

El procedimiento es el siguiente:

Paso 1º Adhesión a una entidad Organizadora

Para acceder al sistema de bonificaciones hay que adherirse al convenio de agrupación de empresas de una entidad Organizadora de Formación Continua . Con la adhesión al convenio las empresas agrupadas autorizan a las entidades organizadoras para poder consultar su crédito y gestionar sus acciones formativas.
La documentación necesaria es:
- Ficha de Adhesión: Ésta documentación nos autoriza a nosotros a ver el tipo de subvención que tiene la empresa. Esto es un requisito necesario que establece la Fundación Tripartita porque cada empresa, según la actividad que desarrolla y según el nº de trabajadores que tiene, tiene un crédito para la formación establecido. Debe estar firmado por un gerente con poderes de la empresa.
- Ficha de Inscripción del alumno.
En el caso de que haya sindicato en la empresa, el Representante laboral que tendrá que firmar también en la ficha de inscripción, para verificar que efectivamente se están utilizando las Subvenciones en beneficio de los trabajadores.

Paso 2º Obtención del crédito

Cada empresa posee un crédito para formación continua de sus trabajadores que se basa en las cotizaciones a la Seguridad Social del año anterior, en base al cual puede realizar acciones formativas durante el año fiscal en vigor.
Las entidades organizadoras de formación continua consultan el crédito de las empresas agrupadas usando una aplicación telemática de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

Paso 3º Planificación de las acciones formativas

Una vez conocemos el crédito de formación asignado elija los cursos de formación que quiere que realicen sus trabajadores. También es posible realizar cursos a medida de temáticas no incluidas en el catálogo, para lo que le realizaremos un estudio y presupuesto personalizados. Nosotros le gestionamos la documentación necesaria para poner en marcha el proceso de formación.

Paso 4º Realización de las acciones formativas

Una vez establecidas las acciones formativas y sus participantes, la Entidad Organizadora se lo notifica a la Fundación Tripartita, procediéndose a realizarse estas en los plazos estipulados por la normativa vigente. Nosotros les haremos llegar el material didáctico y los soportes necesarios para la formación. Al finalizar los cursos, los trabajadores reciben un diploma acreditativo.

Paso 5 º Bonificación de las acciones formativas

Una vez finalizadas las acciones formativas y notificadas el fin de éstas a la Fundación Tripartita, su empresa realiza la bonificación del coste de la formación en los TC1 del mes en el que termina ésta, usando los datos que le suministramos a través de la factura del curso. De esta forma, la empresa deja de ingresar a la Seguridad Social el importe íntegro del curso, a este proceso se le denomina bonificación.
Así el coste de la formación pagado a la Entidad Organizadora es nulo, ya que el dinero pagado a ésta por la factura de formación es el mismo que deja de ingresarse a la seguridad social, haciendo que la formación sea gratuita.

 
   
   


 
| Información legal | Carretera del Mig, 97, 1º B 08907 L'Hospitalet (Barcelona) Tel. +34 93 263 20 01 | © Miac S.L. 2011